A partir de esta semana los guatemaltecos ya empezarán a gozar de los descansos que el nuevo año ofrece. La ley contempla 11 días de descansos oficiales, por lo tanto, los asuetos están regulados en el Código de Trabajo, lo que significa que las empresas privadas y entidades públicas deben pagar esos días. Si fuera necesario trabajar durante esas fechas, la misma ley explica que se se debe pagar como día doble.
- Año Nuevo 2020: miércoles 1 de enero (No cambia)
- Semana Santa: De Jueves 9 a Sábado Santo 11 de abril (No cambia)
- Día del Trabajo: 1 de mayo (por caer viernes se corre para lunes 4 de mayo)
- Día del Ejército: 30 de junio (por ser martes se corre para lunes 29 de junio)
- Día de la Asunción: sábado 15 de agosto (No cambia)
- Día de la Independencia: martes 15 de septiembre (No cambia)
- Día de la Revolución: 20 de octubre (por ser martes se corre para lunes 19)
- Día de Todos los Santos: domingo 1 de noviembre (No cambia)
- Navidad 2019: viernes 25 de diciembre (No cambia)
Desde septiembre del 2018 el Congreso de la República aprobó una reforma a la Ley que Promueve el Turismo Interno, decreto 19-2018 para que tres asuetos sean más largos, trasladándolos a lunes, con ello se busca crear un «puente» y promover el turismo interno. La misma solo aplica para el 1 de mayo, 30 de junio y 20 de octubre, no así el resto de los asuetos y el día de la festividad de la localidad.
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